Ingreso mínimo vital

El ingreso mínimo vital es una prestación no contributiva que tiene el objetivo de garantizar unos ingresos mínimos a las personas o unidades de convivencia que carecen de ellos o que cuentan con unos ingresos bajos. Se puede pedir en nombre propio o en nombre de la unidad de convivencia familiar. La prestación se calcula como la diferencia entre los ingresos mensuales y la renta garantizada en cada caso y que se determina en función de la composición del hogar. El umbral mínimo es de 462 euros para una persona que vive por su cuenta.

La prestación podrá pedirse a partir de día 15 de junio en la sede electrónica de la Seguridad Social y, de forma presencial, en cuanto abran las oficinas. Más información en este enlace: https://revista.seg-social.es/2020/05/30/preguntas-y-respuestas-sobre-el-nuevo-ingreso-minimo-vital/