Nueva prórroga de los grados de discapacidad revisables

El pasado jueves 20 de abril entró en vigor el nuevo Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, que establece un nuevo procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. Este nuevo baremo supone un cambio de enfoque sobre la discapacidad y sustituye al que estaba en vigor desde 1999 y se adapta al modelo social de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas con un enfoque de derechos humanos.

La nueva regulación apuesta por un enfoque que tenga más en cuenta los derechos sociales de la persona, más allá de una valoración médica. En concreto,  pretende imponer unos criterios más objetivos y facilitar la valoración más ajustada posible en casos como los de autismo, discapacidades psicosociales, enfermedades raras y las enfermedades reumáticas y músculoesquéticas, entre otras.

¿Cuáles son las principales novedades del nuevo Baremo? 

1.- NO será necesario solicitar la revisión del certificado

Las personas a quienes le caduca el certificado después del 20 de abril de 2023, fecha en la que entró en vigor el nuevo baremo, ya no tendrán que presentar la solicitud de la revisión de su certificado de discapacidad. Ahora será la Administración pública la encargada de citar a las personas para las revisiones, y que lo hará en medida de su capacidad. En concreto, las personas recibirán una citación por parte de la Dirección General de Atención a la Dependencia, de la Conselleria de Asuntos Sociales y Deportes.

Sin embargo, esta medida no afectará a las personas a quienes les caduque el certificado antes de esta fecha. En este caso, tendrán que haber hecho la  solicitud correspondiente y seguir los pasos y plazos anteriores. Os recordamos que el Servicio de apoyo a las familias acompaña y presta a las personas los apoyos necesarios para llevar a cabo esta y cualquier otra tramitación.

Encontraréis más información en este ENLACE. 

2.-Actualización de los baremos de discapacidad

Ahora, para determinar el grado de discapacidad, se utilizará una fórmula que contiene cuatro baremos:

  • Evaluación de las Funciones y estructuras corporales
  • Evaluación de las Capacidades/limitaciones en la Actividad: contempla las limitaciones de la personas para realizar las actividades de la vida cotidiana, como el aseo personal, las tareas de la casa o determinadas gestiones.
  • Evaluación del Desempeño/Restricciones a la Participación: un instrumento que da voz a las personas para que expresen su visión subjetiva acerca de su propio estado de discapacidad.
  • Evaluación de los Factores Contextuales/Barreras Ambientales: se tendrán en cuenta los factores sociales que pueden suponer barreras u obstáculos añadidos a su situación.

3.- Agilización de trámites y plazos

Tener una discapacidad y que sea reconocida oficialmente por las autoridades requiere un proceso administrativo un tanto laborioso y que puede demorarse en el tiempo. A través de esta nueva normativa se prevén agilizar los trámites, hacerlos más flexibles y bajo criterios más objetivos y precisos.

Si necesitáis más información o tenéis dudas sobre esta nueva ley, podéis poneros en contacto con el Servicio de Apoyo a las Familias.