El 14 de noviembre se abre el plazo para poder solicitar las ayudas de alquiler del 2025. Os informamos de cómo podéis solicitarlas.
👤 Personas beneficiarias
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Mayores de edad con contrato de alquiler o cesión de uso.
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Que la vivienda sea su residencia habitual y permanente.
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Que los ingresos de la unidad de convivencia no superen:
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5 veces el IPREM para familias numerosas especiales, personas con discapacidad ≥33% o víctimas de violencia de género. 42.000€
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💶 Importe de la ayuda
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50% del alquiler mensual, hasta un máximo de 3.000 € anuales.
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Solo se subvencionan pagos realizados por transferencia, domiciliación o ingreso bancario
🏠 Requisitos
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Renta mensual máxima: 900 €.
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No se subvencionan contratos que superen ese límite.
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No ser propietaria o usufructuaria de alguna vivienda en España.
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No se permite compatibilidad con otras ayudas similares, salvo excepciones (violencia de género, desahucios, sinhogarismo, etc.).
📅 Plazo de solicitud
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Del 14 de noviembre al 15 de diciembre de 2025.
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Se tramitan por orden de presentación hasta agotar el presupuesto.
📄 Documentación requerida
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Contrato de alquiler vigente
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Volante colectivo de empadronamiento en la vivienda objeto de la subvención.
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Justificantes de pago del alquiler.
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Declaraciones responsables.
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Certificados registro de la propiedad
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Certificado de discapacidad
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Solicitud (En el caso de presentación presencial en registro) y anexos (Algunos no son necesarios, mirar si precisa)
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Título de familia numerosa, si es necesario.
🧾 Justificación y pago
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Se debe justificar el pago mensual del alquiler.
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El pago de la ayuda se realiza tras la comprobación de los requisitos. El trámite telemático en siguiente enlace:
De manera presencial en las oficinas de registro de la Administración autonómica.
Impresos en el siguiente enlace:
Cualquier duda puede contactar con familias@esment.org